SEGURIDAD SOCIAL. MONTO MAXIMO DEL SUBSIDIO POR ENFERMEDAD Y SU BASE DE CALCULO




Promulgación: 31/12/2010
Publicación: 17/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 2163
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 A partir del 1° de enero de 2011, serán remuneraciones computables para
el cálculo del subsidio por enfermedad previsto por el Decreto-Ley N°
14.407, de 22 de julio de 1975, todas las que constituyan materia gravada
a los efectos de las contribuciones especiales de seguridad social.
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