{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "18691" 
  ,"anioNorma" : 2010 
  ,"nombreNorma" : "RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2009" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2010/10/18/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "01/10/2010" 
  ,"fechaPublicacion" : "18/10/2010" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2010 
  ,"pagina" : 895 
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  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18691-2010/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal\r\ncorrespondiente al Ejercicio 2009, con un resultado deficitario de:\r\nA)     $ 16.099:121.000 (dieciséis mil noventa y nueve millones ciento\r\n       veintiún mil pesos uruguayos), correspondiente a la ejecución\r\n       presupuestaria.\r\nB)     $ 737:372.000 (setecientos treinta y siete millones trescientos\r\n       setenta y dos mil pesos uruguayos), por concepto de operaciones\r\n       extrapresupuestarias, derivadas de la aplicación de normas legales.\r\nLos importes referidos precedentemente surgen de los estados demostrativos\r\ny auxiliares que acompañan a la presente ley y que forman parte de la\r\nmisma.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18691-2010/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Facúltase al Poder Ejecutivo, para los ascensos a producirse con fecha 1°\r\nde febrero de 2011, dentro de los grados comprendidos en la categoría de\r\nPersonal Superior del Escalafón \"L\" Policial, a efectuar promociones al\r\ngrado inmediato superior, considerando a aquellos respecto de quienes a\r\npartir de esa fecha comenzará a correr el último año de permanencia en el\r\ngrado, debiendo, quienes ascendieren por este sistema, cumplir con los\r\ndemás requisitos previstos para el ascenso, con excepción del tiempo\r\nmínimo de permanencia en el grado y el curso o concurso de pasaje de\r\ngrado. El Oficial que esté en condiciones de ascender por este mecanismo,\r\npodrá renunciar al ascenso, dentro del plazo de treinta días de notificado\r\ndel mismo.\r\nQuienes accedan al grado inmediato superior por esta vía, deberán realizar\r\ny aprobar el curso o concurso pendiente, considerando como primer llamado\r\nel correspondiente al año 2011 y como último el del año 2013.\r\nEn caso contrario quedarán comprendidos en lo dispuesto por el artículo 54\r\nde la Ley Orgánica Policial - Texto Ordenado por Decreto N° 75/972, de 1°\r\nde febrero de 1972, en la redacción dada por el Decreto-Ley N° 15.098, de\r\n23 de diciembre de 1980.\r\nLo dispuesto en los incisos anteriores será de aplicación una vez que se\r\nhayan efectuado los ascensos entre quienes reúnan todos los requisitos\r\nexigidos por el artículo 50 de la Ley Orgánica Policial.\r\n\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Reglamentado por:</b> Decreto <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/58-2011\" >Nº 58/011</a> de 08/02/2011.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/leyes/18691-2010/2?verreferencias=articulo" 
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  ] 
  ,"firmantes" : " JOSE MUJICA - JORGE VAZQUEZ - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - LUIS ROSADILLA - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - DANIEL OLESKER - TABARE AGUERRE - HECTOR LESCANO - GRACIELA MUSLERA - ANA MARIA VIGNOLI\r\n " 
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