Declárase de interés nacional toda actividad de carácter deportivo,
recreativo y/o social que, vinculada al fútbol infantil, sea organizada
por ligas, comisiones vecinales, asociaciones o instituciones, cualquiera
sea su naturaleza, siempre que involucre a niños, niñas y adolescentes de
entre 0 a 13 años de edad.
A los efectos establecidos en esta ley, la Organización Nacional de Fútbol Infantil (ONFI) actuará como órgano rector del fútbol infantil desde los 0 hasta los 13 años inclusive en forma exclusiva en todo el territorio nacional. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 19.836 de 23/09/2019 artículo 1.
Ver en esta norma, artículo:4.
No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) y los clubes afiliados a esta, podrán inscribir en su ámbito a niños, niñas y adolescentes a partir de que cumplan los 13 años de edad. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 19.836 de 23/09/2019 artículo 1.