{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "18487" 
  ,"anioNorma" : 2009 
  ,"nombreNorma" : "PARTICIPACION EQUITATIVA DE PERSONAS DE AMBOS SEXOS EN LA INTEGRACION DE LOS ORGANOS ELECTIVOS Y DIRECCION DE PARTIDOS POLITICOS. SISTEMA DE SUPLENTES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2009/06/01/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "15/05/2009" 
  ,"fechaPublicacion" : "01/06/2009" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2009 
  ,"pagina" : 1198 
  } 
  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18487-2009/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Declárase a los efectos previstos en los artículos 1º y 2º de la Ley Nº\r\n18.476, de 3 de abril de 2009, que las listas o nóminas mencionadas en el\r\núltimo de los citados artículos están referidas a las ordenaciones\r\ncorrespondientes a cada sistema de suplentes de conformidad con lo\r\nestablecido por la Ley Nº 7.812, de 16 de enero de 1925, en la redacción\r\ndada por la Ley Nº 17.113, de 9 de junio de 1999.\r\n\r\nDeclárase que en el sistema preferencial de suplentes se cumple con lo\r\nestablecido en los citados artículos, incluyendo integrantes de ambos\r\nsexos en cada terna sucesiva de la lista o nómina de candidatos y,\r\ntratándose del sistema de suplentes ordinales, incluyendo dichas ternas en\r\ncada una de las dos listas o nóminas de candidatos titulares y suplentes.\r\n\r\nInterprétase a los mismos efectos que en el sistema de suplentes\r\nrespectivos las listas o nóminas de candidatos titulares y las de\r\nsuplentes son independientes unas de otras para la conformación de las\r\nternas pertinentes y no pueden considerarse en su conjunto a tales fines.\r\nLas ternas integradas por candidatos de ambos sexos corresponderán por un\r\nlado a la lista de titulares y por otro a la de suplentes.\r\n\r\nEl sistema mixto se rige por las reglas del sistema respectivo.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/18487-2009/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18487-2009/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Interprétase que las ternas de candidatos, titulares y suplentes, son las\r\nconformadas cada tres candidatos de cada una de las listas o nóminas de\r\nacuerdo con lo establecido en el artículo 1º de la presente ley.\r\n\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - DAISY TOURNE - PEDRO VAZ - ALVARO GARCIA - JOSE BAYARDI - MARIA SIMON - LUIS LAZO - GERARDO GADEA - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI\r\n " 
 }