{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "18461" 
  ,"anioNorma" : 2009 
  ,"nombreNorma" : "SOCIEDADES ANONIMAS. TITULARIDAD DE INMUEBLES RURALES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2009/02/02/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "08/01/2009" 
  ,"fechaPublicacion" : "02/02/2009" 
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  ,"anio" : 2009 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18461-2009/1" 
 ,"textoArticulo" : "  El plazo otorgado a las sociedades y demás asociaciones a que se alude \r\nen el inciso primero del artículo 2° de la Ley N° 18.092, de 7 de enero \r\nde 2007, en la redacción dada por el artículo 349 de la Ley N° 18.172, \r\nde 31 de agosto de 2007, que fueren titulares de inmuebles rurales o \r\nexplotaciones agropecuarias y realicen las actividades referidas en el \r\nartículo 3° de la Ley N° 17.777, de 21 de mayo de 2004, para que se \r\nadecuen al régimen establecido por las normas legales referidas, vencerá\r\nel 30 de junio de 2011, por lo que si a esa fecha no adecuaron su capital\r\no no obtuvieron la autorización del Poder Ejecutivo a que refiere el \r\ninciso cuarto del artículo 1° de la Ley N° 18.092, de 7 de enero de 2007,\r\nen la redacción dada por el artículo 349 de la Ley N° 18.172, de 31 de \r\nagosto de 2007, se considerarán disueltas de pleno derecho a todos los\r\nefectos legales. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Ley Nº 18.638 de 28/12/2009 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/18638-2009/1\" >1</a>.\r\n<b>Reglamentado por:</b> Decreto Nº 218/011 de 23/06/2011 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/218-2011/1\" >1</a>.\r\n<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/18461-2009/2\" >2</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Ley Nº 18.461 de 08/01/2009 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes-originales/18461-2009/1\" >1</a>.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18461-2009/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Declárase con carácter interpretativo que durante el plazo otorgado para\r\nla adecuación del capital a que refiere el artículo anterior de la\r\npresente ley, las referidas personas jurídicas pueden realizar válidamente\r\ntodos los actos y contratos lícitos, aún aquellos en los que la ley\r\nrequiere su registro, que estimen necesarios o convenientes.\r\n\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - RICARDO BERNAL - PEDRO VAZ - ANDRES MASOLLER - JORGE MENENDEZ - FELIPE MICHELINI - VICTOR ROSSI - GERARDO GADEA - JORGE BRUNI - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - JACK COURIEL - ANA OLIVERA \r\n " 
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