CREACION INSTITUCION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS (INDDHH)




Promulgación: 24/12/2008
Publicación: 27/01/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 3270
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - ESTRUCTURA DE LA INDDHH

Artículo 40

 (Comisión Especial).- Para la elección de los miembros del Consejo
Directivo de la INDDHH, la Asamblea General designará una Comisión
Especial con integrantes de todos los partidos políticos con
representación parlamentaria.
La Comisión Especial recibirá la postulación de candidatos y eliminará los
que no reúnan los requisitos exigidos por el artículo 45 de esta ley. Las
resoluciones en la Comisión se adoptarán por mayoría de votos de sus
miembros y no serán susceptibles de recurso alguno.
Dicha Comisión podrá recibir a los postulantes y oír sus propuestas para
el funcionamiento del Consejo Directivo de la INDDHH.
Asimismo, esta Comisión elaborará la nómina de candidatos habilitados, la
que será comunicada a la Presidencia de la Asamblea General, hasta cinco
días hábiles antes de la primera sesión de la Asamblea General convocada
para la elección.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 44 y 78.
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