CREACION INSTITUCION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS (INDDHH)




Promulgación: 24/12/2008
Publicación: 27/01/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 3270
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - PROCEDIMIENTO DE DENUNCIAS

Artículo 23

 (Negativa de colaboración).- La negativa a presentar el informe o su
omisión podrá ser considerada por la INDDHH como una obstrucción en el
cumplimiento de sus funciones y, sin perjuicio de las responsabilidades
legales de la autoridad respectiva y de las personas involucradas, el
Consejo Directivo de la INDDHH podrá dar la más amplia publicidad al hecho
con mención expresa de los nombres y cargos de las autoridades y otros
funcionarios que hayan adoptado tal actitud. El incumplimiento será
incluido en el Informe Anual o Especial, independientemente de que la
INDDHH prosiga investigando la denuncia por las vías que considere
adecuadas.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 69.
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