CREACION INSTITUCION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS (INDDHH)




Promulgación: 24/12/2008
Publicación: 27/01/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 3270
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - PROCEDIMIENTO DE DENUNCIAS

Artículo 20

 (Sustanciación).- Admitida la denuncia, el Consejo Directivo de la INDDHH
realizará una investigación inmediata de carácter sumario, informal y
reservada, tendiente a esclarecer los hechos denunciados.
Cuando el Consejo Directivo de la INDDHH resuelva actuar de oficio ante
presuntas violaciones de los derechos humanos, procederá de acuerdo a las
normas previstas en este capítulo en cuanto sean de aplicación.
El Consejo Directivo de la INDDHH labrará acta de todas sus actuaciones
cuando las circunstancias así lo requieran.
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