El Estado garantiza bajo su responsabilidad la estabilidad de las normas
legales y reglamentarias que sustentan la creación del régimen previsto en
la presente ley, el Fondo de Garantía IAMC y los contratos respectivos. La
garantía se extinguirá simultáneamente con el cumplimiento total de los
compromisos asumidos por las instituciones para la ejecución de los planes
de reestructuración de pasivos aprobados.