{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "1843" 
  ,"anioNorma" : 1885 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE IMPUESTO. PATENTES DE GIRO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
      ,"urlImagenArmandUgon" : "/armandugon/16/128?carfin=142"

								  ,"tomoArmandUgon" : "16"

								  ,"paginaInicialArmandUgon" : "128"

								  ,"paginaFinalArmandUgon" : "142"

								 ,"fechaPromulgacion" : "22/07/1885" 
  , "vistos" : " Fíjase el Impuesto de Patentes de Giro para el ejercicio económico \r\n1885 - 1886; a los efectos de dicho impuesto, las profesiones, industrias \r\ny ramos de comercio de la República se considerarán divididas en las 17 \r\nclases que se señalan; se establecen las excepciones, plazos para el pago \r\ny las multas para el caso de incumplimiento a las disposiciones de la \r\npresente ley.\r\n " 
  ,"articulos" : [  ] 
  ,"firmantes" : "  " 
 }