CARTA ORGANICA DEL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY. MODIFICACION




Promulgación: 24/10/2008
Publicación: 13/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1976
Referencias a toda la norma

TITULO III - PROTECCION DEL AHORRO BANCARIO
CAPITULO III - RESOLUCION BANCARIA

Artículo 42

 (Finalidad de los Procedimientos de Solución).- La Corporación de
Protección del Ahorro Bancario ejercerá sus poderes jurídicos en la
materia con la finalidad primordial de proteger el ahorro por razones de
interés general.
Para ello, los procedimientos deben buscar una solución que implique una
situación mejor, o al menos igual, para los depositantes de la entidad
financiera en términos de la recuperación de sus ahorros, comparada con la
liquidación lisa y llana y el cobro de la cobertura del Fondo de Garantía
de Depósitos Bancarios.
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