CARTA ORGANICA DEL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY. MODIFICACION




Promulgación: 24/10/2008
Publicación: 13/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1976
Referencias a toda la norma

TITULO III - PROTECCION DEL AHORRO BANCARIO
CAPITULO I - CORPORACION DE PROTECCION DEL AHORRO BANCARIO

Artículo 14

 (Creación, naturaleza jurídica, domicilio y capacidad).- Créase la
Corporación de Protección del Ahorro Bancario (COPAB), como persona
jurídica de derecho público no estatal, domiciliada en la ciudad de
Montevideo.
Como tal, la Corporación es plenamente capaz para adquirir toda clase de
derechos y contraer toda clase de obligaciones, celebrar todos los
contratos conducentes al cumplimiento de sus cometidos, y ejercer todos
los poderes conferidos expresamente o los demás necesarios para el
cumplimiento de sus cometidos que no estén expresamente atribuidos a otra
entidad pública y no violen una regla de Derecho.
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