POLICIA. LEY DE PROCEDIMIENTO POLICIAL




Promulgación: 05/07/2008
Publicación: 22/07/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 18
Reglamentada por: Decreto Nº 317/010 de 26/10/2010.
Referencias a toda la norma

TITULO II - PARTE ESPECIAL
CAPITULO I - DEL USO DE LA FUERZA FISICA, LAS ARMAS U OTROS MEDIOS DE COACCION

Artículo 19

 (Uso de medios no violentos).- La policía en el desempeño de sus
funciones utilizará medios no violentos antes de recurrir al empleo de la
fuerza física, medios de coacción o armas de fuego, los que se utilizarán
solamente cuando los primeros resulten ineficaces o no garanticen el logro
del resultado previsto mediante la acción policial. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 42 y 150.
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