POLICIA. LEY DE PROCEDIMIENTO POLICIAL




Promulgación: 05/07/2008
Publicación: 22/07/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 18
Reglamentada por: Decreto Nº 317/010 de 26/10/2010.
Referencias a toda la norma

TITULO III - LA POLICIA AUXILIAR DE LA JUSTICIA
CAPITULO V - PROCEDIMIENTOS DE AVERIGUACION DE DELITOS
SECCION II - LA ESCENA DEL HECHO

Artículo 121

 (Incomunicación en la escena del hecho).- De ser necesario, el personal
policial procederá a la incomunicación, como medida de urgencia (artículo
75 de la presente ley), de los presuntos responsables a quienes
identificará debidamente, procurando, en lo posible, mantenerlo en el
lugar hasta la llegada del superior a cargo del servicio o del Juez
competente.
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