Reglamentada por: Decreto Nº 317/010 de 26/10/2010.
TITULO III - LA POLICIA AUXILIAR DE LA JUSTICIA
CAPITULO V - PROCEDIMIENTOS DE AVERIGUACION DE DELITOS
SECCION II - LA ESCENA DEL HECHO
(Primeras diligencias).- El personal policial deberá, antes que cualquier otra diligencia, prestar atención a la víctima en la escena del hecho. Si la misma se encuentra presumiblemente con vida, deberá procurarle los primeros auxilios. De tener que movilizar el cuerpo, anotará la posición en que se encontraba el mismo y otros detalles que ayudarán a reconstruir la escena posteriormente.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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