LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE




Promulgación: 18/06/2008
Publicación: 30/06/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 1420
Reglamentada por:
      Decreto Nº 523/009 de 16/11/2009,
      Decreto Nº 221/009 de 11/05/2009.
Referencias a toda la norma

TITULO VII - COORDINACION INTERINSTITUCIONAL PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Artículo 80

  (Solución de divergencias).- Las instituciones públicas, ante
divergencias sobre criterios de ordenamiento, en zonas concretas o asuntos
sectoriales, podrán iniciar procesos de negociación o mediación de
conflictos, de forma voluntaria y de común acuerdo. A estos efectos podrán
requerir la colaboración de la Dirección Nacional de Ordenamiento
Territorial.

En caso de que una de las partes o ambas, no acuerden con el resultado de
la conciliación o resultare infructuosa ésta, serán resueltas por el
Tribunal de lo Contencioso Administrativo. El proceso no tendrá efecto
suspensivo, salvo que medie resolución expresa fundada del Tribunal al
efecto.
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