DECLARACION DE INTERES NACIONAL. CIRCUITO TURISTICO REGIONAL DE LA MINERIA DE ORO. RIVERA




Promulgación: 23/05/2008
Publicación: 03/06/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 1211

Artículo 1

 Declárase de interés nacional para el desarrollo turístico del
departamento de Rivera la creación y gestión del Circuito Turístico
Regional de la Minería del Oro, a los efectos dispuestos por el numeral
9º) del artículo 85 de la Constitución de la República y por los artículos
16 y 17 del Decreto Ley Nº 14.335, de 23 de diciembre de 1974.

Artículo 2

 El Circuito Turístico Regional de la Minería del Oro comprenderá, en
particular, a la zona correspondiente a la localidad de Minas de Corrales,
ubicada en la 5a. Sección Judicial del departamento de Rivera y, en
general, al departamento de Rivera.

Artículo 3

 Declárase asimismo de interés nacional la actividad de inversión en el
Circuito referido, que propenda a la refacción, acondicionamiento y
creación de una infraestructura adecuada de bienes, servicios y entorno
natural, para el desarrollo de éste, procurando la preservación y difusión
del carácter histórico y cultural de la zona.

TABARE VAZQUEZ - HECTOR LESCANO
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