{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "18282" 
  ,"anioNorma" : 2008 
  ,"nombreNorma" : "PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. MOZOS DE CORDEL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2008/05/26/13" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/05/2008" 
  ,"fechaPublicacion" : "26/05/2008" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2008 
  ,"pagina" : 1150 
  } 
  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18282-2008/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, por\r\nrazones de interés general, hasta por un plazo de 180 (ciento ochenta)\r\ndías, el subsidio por desempleo de los trabajadores mozos de cordel.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/18282-2008/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18282-2008/2" 
 ,"textoArticulo" : "  La ampliación del plazo de la prestación de desempleo otorgada en virtud\r\nde las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a los\r\ntrabajadores que aún continúen en el goce del referido beneficio, o hayan\r\nagotado el plazo máximo de cobertura (artículos 7º y 10 del Decreto Ley Nº\r\n15.180, de 20 de agosto de 1981), o, inclusive, hayan utilizado la\r\nampliación prevista por la Ley Nº 18.140, de 17 de junio de 2007.\r\n\r\nLa ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a partir del\r\nmes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio en todos los\r\ncasos. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - EDUARDO BONOMI - DANILO ASTORI - JOSE BAYARDI - VICTOR\r\nROSSI\r\n " 
 }