LEY DE MIGRACIONES




Promulgación: 06/01/2008
Publicación: 17/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 32
Reglamentada por: Decreto Nº 394/009 de 24/08/2009.
Referencias a toda la norma

CAPITULO XII - DE LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE INTERNACIONAL

Artículo 58

 Las empresas de transporte internacional, sus agentes o representantes,
intermediarios o comisionistas, deberán registrarse en la Dirección
Nacional de Migración, cumpliendo los requisitos que al respecto
establezca la reglamentación.
Referencias al artículo
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