Reglamentada por:
Decreto Nº 190/012 de 29/05/2012,
Decreto Nº 393/008 de 11/08/2008.
CAPITULO VII - COMERCIO EXTERIOR
Artículo 39
(Gestiones).- El Instituto Nacional de la Leche promoverá la
simplificación de trámites y gestiones para la exportación, coordinando
con las autoridades oficiales competentes para facilitar los negocios.