{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "18220" 
  ,"anioNorma" : 2007 
  ,"nombreNorma" : "SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS. REGULACION DE LA FUNCION ARCHIVISTICA. CONSERVACION Y ORGANIZACION DEL PATRIMONIO DOCUMENTAL DE LA NACION" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2008/01/08/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "20/12/2007" 
  ,"fechaPublicacion" : "08/01/2008" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2007 
  ,"pagina" : 1478 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentada por:</b> Decreto <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/355-2012\" >Nº 355/012</a> de 31/10/2012.\r\n " 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/leyes/18220-2007?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18220-2007/1" 
 ,"textoArticulo" : "  (Fin).- Es deber del Estado la conservación y organización del Patrimonio\r\nDocumental de la Nación y de los documentos de gestión como instrumentos\r\nde apoyo a la administración, a la cultura, al desarrollo científico y\r\ncomo elementos de prueba, garantía e información.\r\n\r\nLa administración pública deberá garantizar a sus archivos las condiciones\r\nnecesarias, en cuanto a edificios y equipamiento, de acuerdo a\r\nespecificaciones técnicas.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/leyes/18220-2007/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18220-2007/2" 
 ,"textoArticulo" : "  (Concepto).- Se considera:\r\n\r\nA) Archivo: conjunto orgánico de documentos, reunidos por personas\r\n   físicas o jurídicas, públicas o privadas en el ejercicio de sus\r\n   funciones.\r\n\r\nB) Documento de archivo: testimonio material de un hecho o acto, de\r\n   cualquier fecha o forma, registrado en cualquier soporte, producido o\r\n   recibido por persona física o jurídica en el desarrollo de su\r\n   actividad.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18220-2007/3" 
 ,"textoArticulo" : "  (Objeto).- Regular la función archivística a nivel nacional entendiendo\r\npor tal la actividad realizada por órgano competente para garantizar la\r\nsalvaguarda de los archivos públicos y privados que constituyen el\r\nPatrimonio Documental de la Nación.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18220-2007/4" 
 ,"textoArticulo" : "  (Ambito de aplicación).- El alcance de este derecho obliga a todos los\r\nórganos y organismos públicos, sean estatales o no estatales.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18220-2007/5" 
 ,"textoArticulo" : "  (Organo rector).- El Archivo General de la Nación, dependiente del\r\nMinisterio de Educación y Cultura, será el órgano rector de la política\r\narchivística nacional tendiente a: normalización, diseño y ejecución de\r\nlas políticas y asesorar en la gestión documental y archivística.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18220-2007/6" 
 ,"textoArticulo" : "  (Sistema Nacional de Archivos).- Se crea el Sistema Nacional de Archivos\r\nque estará compuesto por el conjunto de Archivos Públicos del Uruguay y\r\nlos privados que se integren a él, con el solo objetivo de posibilitar la\r\nnormalización de los procesos archivísticos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18220-2007/7" 
 ,"textoArticulo" : "  (Profesionalización).- A los efectos de garantizar la conservación y la\r\norganización de los documentos se propenderá a la profesionalización del\r\npersonal responsable de los archivos.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/leyes/18220-2007/7?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "8" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/18220-2007/8" 
 ,"textoArticulo" : "  (Derogaciones).- Derógase toda norma que se oponga a la presente ley.\r\n\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - JORGE BROVETTO - DAISY TOURNE - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI - AZUCENA BERRUTTI - VICTOR ROSSI - JORGE LEPRA - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO - MARIANO ARANA - MARINA ARISMENDI\r\n " 
 }