FIJACION DEL IMESI A LA ENAJENACION DE COMBUSTIBLES




Promulgación: 09/12/2007
Publicación: 31/12/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1407
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Deróganse las afectaciones del Impuesto Específico Interno
correspondiente a los bienes a que refiere el artículo anterior. Dichas
afectaciones serán compensadas a los organismos beneficiarios con cargo a
Rentas Generales. A tal fin se considerará el promedio actualizado de los
últimos tres años, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
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