LEY DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL




Promulgación: 14/11/2007
Publicación: 28/11/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1129
Ver: Ley Nº 19.824 de 18/09/2019 artículo 47 (sustituye la expresión 
"accidentes" por la expresión "incidente vial").
Referencias a toda la norma

LOS CONDUCTORES

Artículo 25

 El conductor de cualquier vehículo deberá abstenerse de toda conducta que
pueda constituir un peligro para la circulación, las personas, o que pueda
causar daños a la propiedad pública o privada.
Ayuda