APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2006




Promulgación: 31/08/2007
Publicación: 07/09/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 489
Referencias a toda la norma

Artículo 40

 A los efectos de la primera provisión de los cargos de Director de
División de Gestión y Desarrollo Humano, que se crean en el artículo
anterior, se realizará un concurso en cada uno de los Incisos del 02 al 15
del Presupuesto Nacional, al que podrán presentarse los funcionarios
presupuestados de cada uno de los mismos que reúnan los requisitos y el
perfil definidos en la reglamentación respectiva.

En caso de no poder proveerse los referidos cargos por el mecanismo
previsto en el inciso anterior, se realizará un llamado al que podrán
presentarse los funcionarios presupuestados de los restantes Incisos de la
Administración Central que reúnan los requisitos y el perfil que se
definan en la reglamentación.

De resultar desierto el concurso antedicho, podrá convocarse a un llamado
público para la realización de un concurso al que podrán presentarse
personas que no reúnan la calidad de funcionario del Estado.

El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo con el previo y
favorable asesoramiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil.
Referencias al artículo
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