CREACION DE LA ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO (ASSE) COMO SERVICIO DESCENTRALIZADO




Promulgación: 29/07/2007
Publicación: 08/08/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 217
Reglamentada por: Decreto Nº 408/011 de 29/11/2011 artículo 1.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - ORGANOS DE ADMINISTRACION Y DIRECCION

Artículo 7

 Al Presidente le corresponde:
   A)   Ejecutar las resoluciones del Directorio.
   B)   Adoptar y disponer de inmediato las medidas necesarias y urgentes,
        dando cuenta al Directorio en la primera sesión y estándose a lo
        que éste resuelva.
   C)   Presidir las sesiones del Directorio y representar a la
        institución.
   D)   Firmar con el miembro del Directorio o con el funcionario que éste
        designe todos los actos y contratos en que intervenga el servicio
        descentralizado.
El Presidente del Directorio representará al organismo y tendrá las demás
facultades que establezca el Reglamento General, que será aprobado por el
Poder Ejecutivo a propuesta de la Administración de los Servicios de Salud
del Estado (ASSE).
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