CAPITULO II - COMPETENCIAS COMETIDOS Y PODERES JURIDICOS
Artículo 4
Son cometidos de ASSE:
A) Organizar y gestionar los servicios destinados al cuidado de la
salud en su modalidad preventiva y el tratamiento de los enfermos.
B) Ejercer la coordinación con los demás organismos del Estado que
prestan servicios de salud, procurando al máximo accesibilidad,
calidad y eficiencia, evitando superposiciones y/o duplicaciones.
C) Formar parte del Sistema Nacional Integrado de Salud previsto en
el artículo 264 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005,
al que contribuirá en su implementación.
D) Brindar los servicios de salud establecidos en la Ley Nº 9.202, de
12 de enero de 1934, que regula los servicios prestados por el
Ministerio de Salud Pública y que, hasta la vigencia de la
presente ley, eran cumplidos por el órgano desconcentrado
Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE).
E) Desarrollar el cumplimiento de los derechos en materia de salud
que tienen los habitantes de la República, de conformidad con el
artículo 44 de la Constitución de la República, así como a quienes
se comprometa a brindar servicios para lo que está habilitada,
dentro del marco de los programas nacionales elaborados por el
Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Salud Pública y las
leyes de conformación del Sistema Nacional Integrado de Salud.
F) Cumplir los cometidos previstos en el literal anterior a través de
una organización que cubra y coordine adecuadamente el nivel
nacional y los niveles departamentales y locales, y que abarque
las diversas etapas de la atención integral en materia de salud,
contribuyendo a la promoción, prevención, diagnóstico precoz y
tratamiento oportuno, recuperación, rehabilitación y cuidados
paliativos.
G) Efectuar y mantener actualizado un diagnóstico sobre el estado de
salud de sus usuarios y las circunstancias socio-económicas y
culturales que puedan condicionar sus niveles, elaborando las
estrategias más adecuadas para la superación de los mismos.
H) Contribuir, mediante planes adecuados de difusión, al cambio
voluntario de las prácticas, actitudes y estilos de vida, que
ponen en riesgo la salud.