A esos efectos, el Poder Ejecutivo tiene las facultades de establecer
un volumen de vino que no podrá ser destinado a la comercialización en
el mercado interno. Dicho volumen será determinado con el asesoramiento
previo del Instituto Nacional de Vitivinicultura, quien tendrá en cuenta
los análisis del stock de vino existente en bodegas y las previsiones de
cosecha.
El mismo se fijará en forma progresional para cada rango de bodegas
teniendo en cuenta el volumen de industrialización de las mismas.
En dicha resolución, el Poder Ejecutivo deberá determinar el término de
vigencia de la Reserva, y definir los destinos de la misma, todo ello con
el asesoramiento preceptivo del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI).-