PROTECCION DE LOS SALARIOS JUBILACIONES Y PENSIONES QUE SE PAGAN A TRAVES DE INSTITUCIONES DE INTERMEDIACION FINANCIERA




Promulgación: 15/06/2007
Publicación: 26/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1237
Reglamentada por: Decreto Nº 81/011 de 23/02/2011.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 Los importes a los que refiere el artículo 1º de la presente ley serán
considerados salarios a todos los efectos de protección y preferencia de
los mismos en el orden jurídico vigente.
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