CREACION DEL CONSEJO AGROPECUARIO DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE GANADERIA AGRICULTURA Y PESCA




Promulgación: 12/05/2007
Publicación: 22/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 919
Reglamentada por: Decreto Nº 217/007 de 18/06/2007.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - CONSEJO AGROPECUARIO

Artículo 2

      El Consejo Agropecuario tiene como cometidos:

      A)     Contribuir al desarrollo de una política de 
             descentralización de la gestión del Ministerio de Ganadería,
             Agricultura y Pesca, coordinando y optimizando todos sus 
             recursos en todas sus dependencias e instituciones 
             vinculadas con el sector agropecuario.

      B)     Articular las políticas agropecuarias y de recursos 
             acuáticos nacionales con las departamentales.

      C)     Promover un mayor involucramiento de la sociedad 
             agropecuaria en la definición de las políticas del sector y 
             en la instrumentación de las mismas, articulando con la 
             mayor eficiencia lo público con lo privado en una dimensión 
             territorial.

      D)     Contribuir a orientar el accionar de las instituciones 
             vinculadas al sector agropecuario en el ámbito del 
             desarrollo local.

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