MODIFICACION A LA CARTA ORGANICA DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY




Promulgación: 27/04/2007
Publicación: 11/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 816
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DE LA AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA
Sección II - Patrimonio, recursos y presupuesto

Artículo 14

 (Recursos).- Constituirán recursos y fuentes de financiamiento de la Agencia:

A) La renta producida por sus activos.

B) Los ingresos resultantes del cumplimiento de los servicios que preste.

C) Las transferencias que establezca el Presupuesto Nacional u otras 
   leyes.

D) Todo otro ingreso que se establezca a su favor por ley o por 
   liberalidad.
Ayuda