CREACION DEL IMPUESTO ADICIONAL AL IMPUESTO A LAS TRASMISIONES PATRIMONIALES (ITP) SOBRE LOS INMUEBLES RURALES




Promulgación: 27/11/2006
Publicación: 05/12/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1392
Reglamentada por: Decreto Nº 38/007 de 29/01/2007.

Artículo 3

 (Tasas).- Los hechos gravados por este adicional tributarán de acuerdo con las siguientes tasas: A) los adquirentes: el 5% (cinco por ciento); y B) los demás contribuyentes: el 5% (cinco por ciento) excepto los herederos y legatarios en la línea recta ascendente o descendente con el causante, para los cuales será el 4% (cuatro por ciento). (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7 (vigencia).
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