Establécese un área de circulación restringida delimitada por las calles Uruguay desde Andes a Florida, andes desde Uruguay a Soriano, Mercedes hasta Florida, Florida hasta Soriano, Rincón desde Florida hasta
Ituzaingó, Ituzaingó desde Rincón hasta Sarandí, Sarandí hasta Juncal
(Plaza Independencia), Juan Carlos Gómez desde Rincón hasta Buenos Aires,
Buenos Aires desde Juan Carlos Gómez hasta Juncal, Bartolomé Mitre desde
Rincón hasta Reconquista, Juncal desde Rincón Hasta Soriano, Ciudadela
desde Rincón hasta San José, Plaza Independencia toda circunvalación, 18
de Julio desde Plaza Independencia a Andes, Bacacay toda su extensión,
Rinconada Policía Vieja - todo, Reconquista desde Bartolomé Mitre hasta
Juncal, San José desde Juncal hasta Andes y Soriano desde Ciudadela hasta
Andes, durante los días 3 a 5 de noviembre de 2006, fecha durante la cual
se desarrollará la XVI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de
Gobierno.
Decláranse feriados no laborables, por estrictas razones de seguridad,
con motivo de la realización de la XVI Cumbre Iberoamericana de Jefes de
Estado y de Gobierno, los días 3 y 4 de noviembre de 2006, para quienes
desempeñen actividades laborales en la zona anteriormente delimitada.
Cométese al Ministerio del Interior, a través de los organismos
pertinentes, la confección de un registro patronímico de los habitantes
de la zona citada en el artículo precedente.
El referido registro será comunicado a la Jefatura de Policía de
Montevideo, la que adoptará los mecanismos necesarios para que las
personas que residan en la zona delimitada en el artículo 1º, puedan
circular libremente durante la XVI Cumbre Iberoamericana de Jefes de
Estado y de Gobierno.
El Ministerio del Interior y la Secretaría de Prensa y Difusión de la
Presidencia de la República darán amplia difusión a las disposiciones de
la presente ley.