PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. HOSPITAL ESPAÑOL




Promulgación: 29/05/2006
Publicación: 05/06/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 1035

Artículo 2

   La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que se otorga en
virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior,
alcanzará a los trabajadores que hayan agotado el plazo máximo de
cobertura (artículos 7° y 10 del decreto-ley N° 15.180, de 20 de agosto
de 1981), así como aquellos que aún continúen en el goce del referido
beneficio. La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a
partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio en
todos los casos.-

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