SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 02 - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Artículo 58
Créase, dependiendo directamente de la Presidencia de la República, la
"Unidad de Asesoramiento y Monitoreo de Políticas".
Tendrá como cometido el asesoramiento al Presidente de la República en
las áreas que éste determine y el seguimiento de las determinaciones
políticas del Poder Ejecutivo, cuando éste así lo establezca. (*)
(*)Notas:
Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 305 (Transforma la Unidad de
Asesoramiento y Monitoreo de Políticas, en la Agencia de Monitoreo y
Evaluación de Políticas Públicas).