PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2005 - 2009




Promulgación: 19/12/2005
Publicación: 23/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1405
Referencias a toda la norma

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA
REPUBLICA
INCISO 26 - UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA

Artículo 436

 Asígnanse al Inciso 26 "Universidad de la República" para los años y
financiaciones que se indican, las siguientes partidas presupuestales
anuales, en pesos uruguayos a valores del 1º de enero de 2005:

   La distribución de los créditos presupuestales de inversión se encuentra incluida en el planillado adjunto a la presente ley.
   En la distribución de los créditos presupuestales correspondientes a
retribuciones personales, no se encuentran incluidos los aumentos
otorgados durante el año 2005, debiéndose adicionar según lo establecido
por el artículo 3º de la presente ley.


(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Ley Nº 17.930 de 
19/12/2005.
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