SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA
REPUBLICA INCISO 16 - PODER JUDICIAL
Artículo 379
A partir de la promulgación de la presente ley, el programa "Infancia,
Adolescencia y Familia" creado por Resolución del Poder Ejecutivo, de 4
de enero de 2002, pasará a formar parte del Inciso 15 "Ministerio de
Desarrollo Social". La Contaduría General de la Nación reasignará los
créditos correspondientes.