SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Artículo 267
Exceptúase del régimen de dedicación exclusiva establecida por el
artículo 7º de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, el desempeño
de funciones de alta prioridad en el Ministerio de Salud Pública.