PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2005 - 2009




Promulgación: 19/12/2005
Publicación: 23/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1405
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 257

 Incorpóranse las Escuelas Nacionales de Danza y de Arte Lírico al
Programa 007 "Organización de Programas Artísticos y Administración de
Radios y TV Oficiales", unidad ejecutora 016 "Servicio Oficial de
Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos". En el término de sesenta días
a partir de la promulgación de la presente ley, se transferirán del
Programa 001 "Administración General", unidad ejecutora 001 "Dirección
General de Secretaría", a la unidad ejecutora 016 "Servicio Oficial de
Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos", los créditos y cargos
presupuestales incluyendo las partidas que se financian con cargo al
artículo 337 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996.
Ayuda