SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 228
Los funcionarios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas que
desempeñen tareas de recaudación, inspección o de vigilancia podrán ser
asignados a otras funciones, según las necesidades del Inciso,
conservando su mismo escalafón y grado salarial.