PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2005 - 2009




Promulgación: 19/12/2005
Publicación: 23/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1405
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 07 - MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 153

 El Censo General Agropecuario será realizado por la Asesoría de
Estadísticas Agropecuarias (DIEA) del Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca en todos los años terminados en cero y será de
cobertura total, abarcando a todos los establecimientos agropecuarios del
país de una hectárea o más de superficie.
Deróganse todas las normas legales y reglamentarias que establezcan un
ámbito temporal y una metodología distinta a lo establecido en el inciso
precedente.
Referencias al artículo
Ayuda