APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2004




Promulgación: 07/10/2005
Publicación: 14/10/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 841
Referencias a toda la norma

Artículo 8

 Asígnase una partida por única vez de $ 692:875.313 (seiscientos noventa
y dos millones ochocientos setenta y cinco mil trescientos trece pesos
uruguayos) al Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca",
programa 008 "Programa Forestal" con destino al Fondo Forestal creado por
el artículo 52 de la Ley N° 15.939, de 28 de diciembre de 1987, a fin de
cancelar las deudas generadas al 31 de diciembre de 2004.

La cancelación de las deudas del Fondo Forestal mencionada en el presente
artículo se efectuará de forma tal de cubrir en primera instancia
aquellos adeudos pertenecientes a pequeños productores.
Referencias al artículo
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