AUTORIZACION DE PASES Y REDISTRIBUCION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS PARA LA URSEC. CREACION DE LA TASA DE CONTROL DEL MARCO REGULATORIO DE COMUNICACIONES




Promulgación: 07/09/2004
Publicación: 14/09/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 530

Artículo 3

   Asígnase una partida complementaria anual de $ 10:000.000 (pesos 
uruguayos diez millones) con destino a la Unidad Ejecutora 009 "Unidad 
Reguladora de Servicios de Comunicaciones". Esta partida anual será 
financiada con cargo a la tasa creada por el artículo 2º de esta ley.

   La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) comunicará
a la Contaduría General de la Nación la desagregación de la referida 
partida en Proyectos de Inversión, Retribuciones Personales, 
Compensaciones y Gastos.
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