{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "17817" 
  ,"anioNorma" : 2004 
  ,"nombreNorma" : "DECLARACION DE INTERES NACIONAL. LUCHA CONTRA EL RACISMO LA XENOFOBIA Y TODA OTRA FORMA DE DISCRIMINACION\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2004/09/14/19" 
    ,"fechaPromulgacion" : "06/09/2004" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/09/2004" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2004 
  ,"pagina" : 519 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentada por:</b> Decreto <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/152-2006\" >Nº 152/006</a> de 30/05/2006.\r\n " 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/leyes/17817-2004?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/17817-2004/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase de interés nacional la lucha contra el racismo, la xenofobia\r\ny toda otra forma de discriminación. " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/leyes/17817-2004/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/17817-2004/2" 
 ,"textoArticulo" : "    A los efectos de la presente ley se entenderá por discriminación toda\r\ndistinción, exclusión, restricción, preferencia o ejercicio de violencia \r\nfísica y moral, basada en motivos de raza, color de piel, religión, \r\norigen nacional o étnico, discapacidad, aspecto estético, género, \r\norientación e identidad sexual, que tenga por objeto o por resultado \r\nanular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones \r\nde igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las \r\nesferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera \r\nde la vida pública. " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/leyes/17817-2004/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/17817-2004/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Créase la Comisión Honoraria contra el Racismo, la Xenofobia y toda otra forma de Discriminación. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/17817-2004/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Dicha Comisión tendrá por objeto proponer políticas nacionales y medidas concretas para prevenir y combatir el racismo, la xenofobia y la \r\ndiscriminación, incluyendo normas de discriminación positiva. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/17817-2004/5" 
 ,"textoArticulo" : "    A esos efectos, será asimismo competencia de la Comisión Honoraria:\r\n\r\nA)  Analizar la realidad nacional en materia de discriminación, \r\n    racismo y xenofobia, elaborar informes y propuestas con respecto a\r\n    dichos temas, y plantear al Poder Ejecutivo la creación de normas\r\n    jurídicas específicas o modificación de las ya existentes en su área\r\n    de competencia.\r\n\r\nB)  Difundir los principios contenidos en el literal J, del artículo 6°\r\n    del decreto-ley N° 10.279, de 19 de noviembre de 1942, y en los\r\n    artículos 149 bis y 149 ter del Código Penal, normas concordantes y \r\n    complementarias, así como los resultados de los estudios y propuestas\r\n    que formule y promueva.\r\n\r\nC)  Monitorear el cumplimiento de la legislación nacional en la materia.\r\n\r\nD)  Diseñar e impulsar campañas educativas tendientes a la preservación\r\n    del pluralismo social, cultural o religioso, a la eliminación de\r\n    actitudes racistas, xenofóbicas o discriminatorias y en el respeto a\r\n    la diversidad.\r\n\r\nE)  Elaborar una serie de estándares que permitan presumir alguna forma \r\n    de discriminación, sin que ello implique un prejuzgamiento sobre los\r\n    hechos resultantes en cada caso.\r\n\r\nF)  Recopilar y mantener actualizada la información sobre el derecho \r\n    internacional y extranjero en materia de racismo, xenofobia y toda\r\n    otra forma de discriminación; estudiar esos materiales y elaborar\r\n    informes comparativos de los mismos.\r\n\r\nG)  Recibir y centralizar información y actuar de oficio ante conductas\r\n    racistas, xenofóbicas y discriminatorias; llevar un registro de las\r\n    mismas y formular la correspondiente denuncia judicial si\r\n    eventualmente correspondiere. (*)\r\n\r\nH)  Recopilar la documentación vinculada a sus diferentes objetivos.\r\n\r\nI)  Brindar un servicio de asesoramiento integral y gratuito para \r\n    personas o grupos que se consideren discriminados o víctimas de \r\n    actitudes racistas, xenofóbicas y discriminatorias.\r\n\r\nJ)  Proporcionar al Ministerio Público y a los Tribunales Judiciales \r\n    el asesoramiento técnico especializado que fuere requerido por éstos\r\n    en los asuntos referidos a la temática de su competencia.\r\n\r\nK)  Informar a la opinión pública sobre actitudes y conductas racistas,\r\n    xenofóbicas y discriminatorias o que pudieren manifestarse en\r\n    cualquier ámbito de la vida nacional, especialmente en las áreas de \r\n    educación, salud, acción social y empleo; provengan ellas de\r\n    autoridades públicas o entidades o personas privadas.\r\n\r\nL)  Establecer vínculos de colaboración con organismos nacionales o \r\n    extranjeros, públicos o privados, que tengan similares objetivos a \r\n    los asignados al presente instituto; intercambiando especialmente la \r\n    información relativa a las conexiones internacionales entre los\r\n    distintos grupos.\r\n\r\nM)  Proponer al organismo competente, la celebración de nuevos tratados\r\n    sobre extradición.\r\n\r\nN)  Celebrar convenios con organismos y/o entidades públicas o privadas,\r\n    nacionales o internacionales, para el más eficaz cumplimiento de los\r\n    cometidos asignados.\r\n\r\nO)  Promover la realización de estudios, concursos e investigaciones \r\n    relacionadas con sus competencias.\r\n\r\nP)  Discernir un premio anual a favor de la persona o institución que se\r\n    haya destacado en la lucha contra el racismo, la xenofobia y toda \r\n    otra forma de discriminación. " 
  ,"notasArticulo" : "Literal G) <b><font color=\"#0000FF\">redacción dada por:</font></b> Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/20212-2023/638\" >638</a>.\r\nLiteral G) <b><font color=\"#FF0000\">ver vigencia:</font></b> Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/20212-2023/2\" >2</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Ley Nº 17.817 de 06/09/2004 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes-originales/17817-2004/5\" >5</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/17817-2004/6" 
 ,"textoArticulo" : "    La Comisión Honoraria contra el Racismo, la Xenofobia y toda otra forma de Discriminación estará integrada por nueve miembros designados de la siguiente manera: \r\n\r\nA) Un representante de la Secretaría de Derechos Humanos de Presidencia\r\n   de la República, que la presidirá.\r\n\r\nB) Un representante del Ministerio de Educación y Cultura.\r\n\r\nC) Un representante del Ministerio del Interior.\r\n\r\nD) Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores.\r\n\r\nE) Un representante del Consejo Directivo Central de la Administración\r\n   Nacional de Educación Pública (ANEP).\r\n\r\nF) Tres representantes designados por el Presidente de la República,\r\n   entre las personas propuestas por organizaciones no gubernamentales\r\n   que cuenten con conocida trayectoria en la lucha contra el racismo, la\r\n   xenofobia y toda otra forma de discriminación.\r\n\r\nG) Un representante del Ministerio de Desarrollo Social. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/20212-2023/639\" >639</a>.\r\n<b><font color=\"#FF0000\">Ver vigencia:</font></b> Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/20212-2023/2\" >2</a>.\r\nLiteral F) <b><font color=\"#0000FF\">anteriormente agregado/s por:</font></b> Ley Nº 19.122 de 21/08/2013 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/19122-2013/11\" >11</a>.\r\n<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/17817-2004/12\" >12</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b>\r\n      Ley Nº 19.122 de 21/08/2013 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes-originales/19122-2013/11\" >11</a>,\r\n      Ley Nº 17.817 de 06/09/2004 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes-originales/17817-2004/6\" >6</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/17817-2004/7" 
 ,"textoArticulo" : "    La Comisión podrá crear Comisiones departamentales y locales que \r\nfuncionarán conforme a las normas reglamentarias que dictará la propia \r\nComisión Honoraria. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "8" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/17817-2004/8" 
 ,"textoArticulo" : "    Los integrantes de la Comisión Honoraria durarán dos años en sus \r\nfunciones, pudiendo ser reelectos. En caso de sustitución, permanecerán \r\nen sus funciones hasta que asuma el sustituto, excepto en caso de \r\nincapacidad o renuncia. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "9" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 9" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/17817-2004/9" 
 ,"textoArticulo" : "    La Secretaría de Derechos Humanos de Presidencia de la República suministrará la infraestructura y los recursos necesarios para el correcto funcionamiento de la Comisión Honoraria, de acuerdo a la organización que establezca el Poder Ejecutivo en el decreto reglamentario. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/20212-2023/640\" >640</a>.\r\n<b><font color=\"#FF0000\">Ver vigencia:</font></b> Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/20212-2023/2\" >2</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Ley Nº 17.817 de 06/09/2004 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes-originales/17817-2004/9\" >9</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "10" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 10" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/17817-2004/10" 
 ,"textoArticulo" : "    Asimismo, constituirán recursos de la Comisión Honoraria contra el \r\nRacismo, la Xenofobia y toda otra forma de Discriminación y en la forma \r\ndispuesta por las normas pertinentes se destinarán exclusivamente para el\r\nmás eficaz cumplimiento de sus cometidos, los siguientes:\r\n\r\nA)  Los recursos provenientes de aportes internacionales que el Estado \r\n    le autorice.\r\n\r\nB)  Los recursos provenientes de organizaciones no gubernamentales.\r\n\r\nC)  Las herencias, legados y donaciones que se realicen a favor de la \r\n    institución y que sean aceptados por el Poder Ejecutivo.\r\n\r\nD)  Todo tipo de aporte o contribución en dinero o en especie proveniente\r\n    de entidades oficiales o privadas, incluyendo colectas públicas.\r\n\r\nE)  Bienes que le asignen por ley.\r\n\r\nF)  Frutos civiles y naturales de los bienes que le pertenezcan. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "11" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 11" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/17817-2004/11" 
 ,"textoArticulo" : "    El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo máximo de \r\nciento veinte días contados desde el día siguiente al de su promulgación. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "12" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 12" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/17817-2004/12" 
 ,"textoArticulo" : "    (Disposición Transitoria).- Hasta tanto se designen nuevos integrantes de la Comisión Honoraria contra el Racismo, la Xenofobia y toda otra forma de Discriminación, por el procedimiento previsto en el artículo 6° de la presente ley, seguirán actuando los integrantes designados previamente. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#FF0000\">Ver vigencia:</font></b> Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/20212-2023/2\" >2</a>.\r\n<b><font color=\"#0000FF\">Agregado/s por:</font></b> Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/20212-2023/641\" >641</a>.\r\n" 
 } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - LEONARDO GUZMAN - DANIEL BORRELLI - DIDIER OPERTTI - ISAAC ALFIE - YAMANDU FAU - GABRIEL GURMENDEZ - JOSE VILLAR - SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO - CONRADO BONILLA - MARTIN AGUIRREZABALA - MARTIN AGUIRREZABALA - JUAN BORDABERRY - SAUL IRURETA " 
 }