TRANSFERENCIA DE BIENES DEL ESTADO A LA ANEP




Promulgación: 06/09/2004
Publicación: 14/09/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 512

Artículo 1

   Transfiérense a título gratuito del patrimonio del Estado -persona jurídica mayor-, al de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) los inmuebles y demás mejoras que les acceden, empadronados con 
los Nos. 3592 y 3593, ubicados en la 3a. Sección Judicial del 
departamento de Maldonado -balneario Piriápolis, paraje Cerro del Toro, localidad catastral Piriápolis-, los que según plano de la agrimensora Magdalena Asuaga Mayol -inscrito en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Piriápolis, con el N° 1058 el 3 de enero de 2003-, miden y se deslindan así: el padrón N° 3592 se compone de una superficie de 1 hectárea y limita 100 metros de frente al suroeste a la calle Piedras, 100 metros de frente al noroeste a la calle Sarmiento, 100 
metros de frente al noreste a la calle Cerrito y 100 metros al sureste 
con el padrón N° 30704; y el padrón N° 3593 se compone de una superficie 
de 1 hectárea y limita 100 metros de frente al suroeste a la calle 
Cerrito, 100 metros al noroeste con el padrón N° 30704, 100 metros al 
noreste con el padrón N° 30704 y 100 metros al sureste con el padrón N° 
30704.

Artículo 2

   La presente ley operará como título y modo de dicha traslación de 
dominio, bastando para su inscripción en la Sección Inmobiliaria del 
Registro de la Propiedad, un testimonio de la presente disposición.

BATLLE - LEONARDO GUZMAN
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