DECLARACION PATRIMONIO DE LA NACION. ESTACION DE CRIA DE FAUNA AUTOCTONA DEL CERRO PAN DE AZUCAR




Promulgación: 31/12/2003
Publicación: 16/01/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 1752

Artículo 1

   Declárase patrimonio de la nación, monumento natural, sitio de 
protección y de interés turístico la Estación de Cría de Fauna Autóctona 
del Cerro Pan de Azúcar, propiedad de la Intendencia Municipal de 
Maldonado, conforme a los términos contenidos en la Convención para la 
Protección de la Flora, de la Fauna y de las Bellezas Escénicas Naturales
de los Países de América, ratificada por nuestro país mediante la Ley Nº
13.776, de 17 de octubre de 1969, así como de acuerdo con lo dispuesto 
por los literales A), B), E), F), G) e I) del artículo 2º, por el literal
D) del artículo 3º y por el artículo 4º de la Ley Nº 17.234, de 22 de 
febrero de 2000.

Artículo 2

   La administración, mantenimiento y promoción de la citada Estación de 
Cría de Fauna Autóctona del Cerro Pan de Azúcar permanecerá bajo 
jurisdicción municipal, sin perjuicio de los apoyos nacionales o 
internacionales que reciba.


BATLLE - LEONARDO GUZMAN - GUILLERMO STIRLING - ISAAC ALFIE - YAMANDU FAU
- LUCIO CACERES - MARTIN AGUIRREZABALA - JUAN BORDABERRY - OSCAR BRUM


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