Declárase patrimonio de la nación, monumento natural, sitio de
protección y de interés turístico la Estación de Cría de Fauna Autóctona
del Cerro Pan de Azúcar, propiedad de la Intendencia Municipal de
Maldonado, conforme a los términos contenidos en la Convención para la
Protección de la Flora, de la Fauna y de las Bellezas Escénicas Naturales
de los Países de América, ratificada por nuestro país mediante la Ley Nº
13.776, de 17 de octubre de 1969, así como de acuerdo con lo dispuesto
por los literales A), B), E), F), G) e I) del artículo 2º, por el literal
D) del artículo 3º y por el artículo 4º de la Ley Nº 17.234, de 22 de
febrero de 2000.
La administración, mantenimiento y promoción de la citada Estación de
Cría de Fauna Autóctona del Cerro Pan de Azúcar permanecerá bajo
jurisdicción municipal, sin perjuicio de los apoyos nacionales o
internacionales que reciba.
BATLLE - LEONARDO GUZMAN - GUILLERMO STIRLING - ISAAC ALFIE - YAMANDU FAU
- LUCIO CACERES - MARTIN AGUIRREZABALA - JUAN BORDABERRY - OSCAR BRUM