APROBACION DE LA NUEVA LEY DE BANCOS




Promulgación: 27/12/2002
Publicación: 31/12/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1749
Referencias a toda la norma

SECCION III - SUBSIDIO POR DESEMPLEO

Artículo 50

 (Ambito de aplicación).- El régimen de subsidio por desempleo 
establecido por el decreto-ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981, 
comprenderá obligatoriamente a todos los empleados afiliados a la Caja de 
Jubilaciones y Pensiones Bancarias, sin perjuicio de las modificaciones 
al mismo establecidas en la presente ley para los referidos afiliados. (*) 

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 11/003 de 14/01/2003.
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