REGIMEN APLICABLE A INSTITUCIONES GREMIALES QUE PRESTEN SERVICIOS DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA




Promulgación: 22/08/2002
Publicación: 27/08/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 471
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Las cooperativas de profesionales definidas en el artículo 6º del 
decreto-ley Nº 15.181, de 21 de agosto de 1981, quedarán sujetas en lo 
pertinente a las disposiciones del decreto-ley aludido y a sus 
disposiciones reglamentarias.
Referencias al artículo
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