LEY SOBRE EL TRABAJO SEXUAL




Promulgación: 04/07/2002
Publicación: 09/07/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 32
Reglamentada por: Decreto Nº 480/003 de 20/11/2003.
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - INFRACCIONES MULTAS Y PENAS ALTERNATIVAS

Artículo 33

 El Juez o Tribunal competente podrá determinar la sustitución de la 
multa o prisión impuesta por la sentencia por trabajo comunitario 
equivalente teniendo en cuenta los objetivos de la presente ley. 
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