LEY SOBRE EL TRABAJO SEXUAL




Promulgación: 04/07/2002
Publicación: 09/07/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 32
Reglamentada por: Decreto Nº 480/003 de 20/11/2003.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DEL REGISTRO NACIONAL DEL TRABAJO SEXUAL

Artículo 13

 Los datos e informaciones contenidos en el Registro Nacional del Trabajo 
Sexual son de carácter reservado. Sólo podrán ser utilizados con fines 
sanitarios o policiales por organismos encargados de hacer efectivo el 
cumplimiento de la presente ley, a solicitud de la justicia competente o 
del Ministerio de Salud Pública a través de cualquiera de sus 
dependencias o de la propia persona interesada con respecto a la 
información que sobre sí esté registrada. 
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