CAPITULO I - CREACION Y FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO DE LA GRANJA
Artículo 4
(Asesoramiento).- El Consejo Directivo de la Junta Nacional de la Granja
(JUNAGRA) asesorará preceptivamente al Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca en todos los aspectos concernientes a la utilización
del Fondo. (*)